APORTES Y SUBSIDIO FAMILIAR La Caja de Compensación familiar de Risaralda COMFAMILIAR, se ha consolidado gracias al aporte oportuno de empresas cuyo sentido ético y responsabilidad social, ha posibilitado la entrega mensual de Subsidio en Dinero, que a partir de la Ley 789 de 2002, se denomina Cuota Monetaria. El Subsidio Familiar en dinero, especie y servicios, se paga a los trabajadores beneficiarios de conformidad con la Ley 21 de 1982 y la Ley 789 de 2002.
DEFINICIÓN DE SUBSIDIO FAMILIAR “El Subsidio Familiar es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad” (Ley 21 de 1982, Artículo 1°)
CUOTA MONETARIA El servicio del proceso de Subsidio Familiar, consiste en afiliar empresas y trabajadores y sus personas a cargo, registrar y reportar recaudos de aportes y entregar una Cuota Monetaria al trabajador afiliado, cuyo salario básico más comisiones o porcentajes sobre ventas, sea inferior a cuatro (4) salarios mínimos mensuales legales vigentes, siempre y cuando laboren al menos 96 horas al mes; y que sumados sus ingresos con los de su cónyuge o compañero (a), no sobrepasen seis (6) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que tenga personas económicamente dependientes, en las condiciones que se especifican en la Ley. La Cuota en mención, también se entrega en los siguientes casos:
A beneficiarios Discapacitados. Cuota doble que se entrega por cada persona a cargo con limitación física o mental sin limite de edad.
·Por muerte del trabajador. En caso de muerte del trabajador beneficiario COMFAMILIAR continuará pagando durante 12 meses el monto del Subsidio por personas a cargo. El pago se hará a la persona que acredite la guarda, sostenimiento o cuidado de las personas por las cuales el trabajador recibía subsidio. El empleador deberá dar aviso inmediato por escrito a COMFAMILIAR de esta novedad
·Por muerte de persona a cargo o beneficiaria. En caso de muerte de una persona a cargo del trabajador por la cual estuviere recibiendo subsidio en dinero, se pagará un subsidio extraordinario por el mes en que este ocurra, equivalente a 12 mensualidades de la Cuota Monetaria que recibía por el fallecido. El trabajador deberá reportar el hecho y adjuntar el registro civil de defunción.
·Becas Escolares: Cuota adicional que se entrega anualmente al trabajador, durante el mes de enero, por cada beneficiario entre 3 y 18 años, entre otros, es requisito indispensable que la empresa se encuentre al día en el pago de los aportes.
PERSONAS A CARGO QUE DAN DERECHO AL SUBSIDIO FAMILIAR Darán derecho al Subsidio Familiar en dinero las personas a cargo de los trabajadores beneficiarios que a continuación se enumeran:
1. Los hijos que no sobrepasen la edad de 18 años, legítimos, naturales, adoptivos y los hijastros. Después de los 12 años se deberá acreditar la escolaridad en establecimiento docente debidamente aprobado.
2. Los hermanos que no sobrepasen la edad de 18 años, huérfanos de padre y madre, que convivan y dependan económicamente del trabajador.
3. Los padres del trabajador beneficiario mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciba salario, renta o pensión alguna. No podrán cobrar simultáneamente este subsidio más de uno de los hijos trabajadores y que dependan económicamente del trabajador.
4. Los padres, los hermanos huérfano de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario deberá demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.
AFILIACIONES DE TRABAJADORES Y PERSONAS A CARGO Sin excepción el ingreso de trabajadores y personas a cargo del trabajador debe hacerse a través de nuestro formulario, diligenciado en original y copia, cuando no se relaciona la persona a cargo, o no presenta la totalidad de documentos, debe tramitar un nuevo formulario, adjuntando los respectivos requisitos.
AFILIACIONES ENVIADAS A ASISTENCIA SOCIAL Algunas afiliaciones son enviadas para estudio en asistencia social, para lo cual al momento de la recepción de la afiliación se entrega la respectiva citación. Se envían las afiliaciones en los siguientes casos:
1. Afiliación de hijos, presentada por el trabajador, en la cual no relaciona la madre del menor o la cónyuge o compañera relacionada no es la madre de la persona a cargo a afiliar.
2. Hijastros, hermanos, padre y madre del trabajador siempre y cuando no posean estudio o aparezcan en el sistema de información con motivo pendiente o negada.
Los trabajadores citados a Asistencia Social que no atiendan el requerimiento realizado por COMFAMILIAR, son negadas en cuanto a la persona a cargo objeto del estudio y para futuras ocasiones deberá diligenciar un nuevo formulario de afiliación.
REQUISITOS PARA AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR O PERSONA A ( BENEFICIARIO) CARGO ·REINGRESO DEL TRABAJADOR O PERSONAS A CARGO (Trabajadores que ya han estado afiliados COMFAMILIAR RISARALDA)
1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
3. Relacionar debidamente las personas a cargo afiliadas.
4. Certificado de escolaridad original, para beneficiarios mayores de 12 años, correspondiente al semestre lectivo.
5. Certificado de supervivencia original, tramitado en Notaría, con una vigencia no superior a dos meses, por los beneficiarios de 0 a 12 años, padres y beneficiarios discapacitados.
NOTA: Los certificados de escolaridad y supervivencia se exigen cuando el retiro del trabajador o persona a cargo sea superior a un año o no se haya actualizado en el año o periodos correspondientes.
·AFILIACIÓN DEL TRABAJADOR 1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
·AFILIACIÓN DE CÓNYUGE 1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
3. Fotocopia del documento de identidad del cónyuge.
4. Partida de matrimonio (en caso de existir vínculo matrimonial).
·AFILIACIÓN DE HIJO (A) o HIJASTRO (A) QUE NO SOBREPASE LA EDAD DE 18 AÑOS 1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
3. Fotocopia del documento de identidad del cónyuge.
4. Fotocopia del documento de identidad del hijo.
5. Registro civil de nacimiento del hijo donde conste nombre del padre y la madre.
6. Certificado de escolaridad original, para beneficiarios mayores de 12 años, correspondiente al semestre lectivo.
7. Certificado de supervivencia original, tramitado en Notaria, con una vigencia no superior a dos meses, por los beneficiarios de 0 a 12 años.
8. Si el hijo tiene discapacidad física y/o mental superior al 60% es necesario Certificado Médico* expedido por COMFAMILIAR o médico legista.
9. Cuando la afiliación corresponde a un hijastro o al hijo del compañero (a), debe presentar, adicionalmente, fotocopia del carné de la EPS, donde conste que el menor esta afiliado por el trabajador.
*El formulario de Evaluación médica para solicitar Certificado Médico expedido por COMFAMILIAR es entregado previamente en nuestra oficina de Aportes y Subsidio.
·AFILIACIÓN DE HERMANO (A) QUE NO SOBREPASE 18 AÑOS – HUÉRFANO (A) DE PADRE Y MADRE 1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
3. Fotocopia del documento de identidad del hermano.
4. Registro civil de nacimiento del trabajador, donde conste el nombre del padre y la madre
5. Registro civil de nacimiento del hermano donde conste el nombre del padre y la madre.
6. Partida de defunción del padre y la madre del trabajador.
7. Certificado de escolaridad original, para beneficiarios mayores de 12 años, correspondiente al semestre lectivo.
8. Certificado de supervivencia original, tramitado en Notaría, con una vigencia no superior a dos meses, por los beneficiarios de 0 a 12 años.
9. Si el hermano tiene discapacidad física y/o mental superior al 60% es necesario Certificado Médico* expedido por COMFAMILIAR o médico legista.
*El formulario de Evaluación médica para solicitar Certificado Médico expedido por COMFAMILIAR es entregado previamente en nuestra oficina de Aportes y Subsidio.
·AFILIACIÓN DE PADRE Y MADRE, MAYORES DE 60 AÑOS. 1. Formulario de inscripción de trabajadores y personas a cargo, debidamente diligenciado por la empresa, en original y copia, firmado por el empleador y el empleado.
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador.
3. Fotocopia del documento de identidad del padre y/o madre del trabajador.
4. Registro civil de nacimiento del trabajador donde conste el nombre del padre y la madre.
5. Certificado de supervivencia de los padres expedido por notaría en original, con una vigencia no superior a dos meses, debe ser renovado anualmente según notificación previa.
6. Si el padre o la madre tienen discapacidad física y/o mental superior al 60% es necesario Certificado Médico* expedido por COMFAMILIAR o médico legista.
7. Constancia del Instituto del Seguro Social ISS, donde indique que el padre o madre no son pensionados por dicha entidad.
8. Si el padre o madre no residen en RISARALDA, anexar constancia de no estar afiliados en la Caja de la ciudad donde viven.
*El formulario de Evaluación médica para solicitar Certificado Médico expedido por COMFAMILIAR es entregado previamente en nuestra oficina de Aportes y Subsidio.
·AFILIACIÓN DE PADRE, MADRE, HERMANO HUÉRFANOS DE PADRE Y MADRE E HIJOS SIN LIMITACIÓN EN RAZÓN DE SU EDAD. 1. Documentos exigidos para cada caso indicados anteriormente y Certificado Médico* expedido por COMFAMILIAR o médico legista, en el cual conste que posee discapacidad física y/o mental superior al 60%.
*El formulario de Evaluación médica para solicitar Certificado Médico expedido por COMFAMILIAR es entregado previamente en nuestra oficina de Aportes y Subsidio.
Los hijos y hermanos huérfanos de padre y madre puede ser afiliados aún siendo mayores de 18 años y para el caso de padre y madre del trabajador menores de 60 años, siempre y cuando cumplan con la discapacidad superior al 60%, como se indicó antes.
·REQUISITOS PARA OTORGAR EL AUXILIO DE DEFUNCIÓN (AUXILIO POR MUERTE DE TRABAJADOR O PERSONA A CARGO) Para dar trámite al auxilio por muerte de trabajador o persona a cargo, se deberán presentar los siguientes documentos:
1. Fotocopia del documento de identidad, dirección y teléfono del beneficiario del auxilio (usuario al cual le será otorgado el mismo).
2. Fotocopia del documento de identidad del trabajador, sea o no el fallecido.
3. Carta de la empresa del trabajador, donde se indique si otorgó o no auxilio por la muerte del trabajador o persona a cargo, según sea el caso, en caso afirmativo indicar la cuantía de lo recibido.
4. Dos copias del certificado de defunción.
Los anteriores documentos se presentan, durante los 30 días siguientes al fallecimiento, para acreditar el derecho al auxilio por muerte de trabajador o beneficiario otorgado por Comfamiliar Risaralda. Para el pago de la Cuota Monetaria por muerte del trabajador o la persona a cargo bastará con la presentación de una copia del certificado de defunción.
CERTIFICADO DE ESCOLARIDAD El Certificado de Escolaridad es un requisito, entre otros, establecido en la Ley 789 de 2002, Artículo 3, parágrafo 1º, para acreditar el derecho a la Cuota Monetaria.
Nuestra institución en cumplimiento de este requisito entrega conjuntamente con el Subsidio Familiar, los Certificados de Escolaridad de los beneficiarios de 12 a 18 años, durante el mes de febrero de cada año, para que sean presentados durante la primera semana del mes de marzo.
Importante para recordar:
·El no envío oportuno del Certificado de Escolaridad suspende automáticamente el pago del Subsidio Familiar.
·Su presentación posterior no implica el pago retroactivo de la Cuota Monetaria dejada de pagar, únicamente reanuda el pago y la prestación del servicio.
·El alumno deberá acreditar un mínimo de cuatro horas diarias de ochenta mensuales (Ley 21 de 1982, Artículo 28).
·El Certificado de escolaridad se presenta en original, con una vigencia no superior a dos meses y correspondiente al semestre lectivo en el cual se este presentando.
·El no recibo del Certificado de Escolaridad, no lo exonera de este requisito.
·Se reciben certificados debidamente diligenciados; sin tachones, enmendaduras o alteraciones en su texto.
·Si su empresa se encuentra en mora en el pago de sus aportes, le solicitamos también su presentación oportuna.
CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA El certificado de supervivencia, es de renovación anual para las personas a cargo afiliadas por el trabajador: padre, madre y beneficiarios discapacitados.
En cumplimiento de este requisito, COMFAMILIAR los entrega durante el mes de Julio, para ser presentados durante la primera semana de agosto.
CARNÉ DE SERVICIOS TARJETA UNICA Los afiliados a COMFAMILIAR RISARALDA, tanto el trabajador como sus personas a cargo, afiliadas al Sistema del Subsidio Familiar, reciben el carné de servicios o Tarjeta Única para acceder los programas y servicios ofrecidos por nuestra institución. También pueden utilizar los programas de recreación, capacitación y salud de las diferentes Cajas del Sur Occidente colombiano suscritas al convenio única, a tarifas de afiliado.
·CÓMO OBTENER SU TARJETA ÚNICA Comfamiliar Risaralda no envía el carné de servicios Tarjeta Única a la empresa, es entregado directamente al trabajador, presentando su documento de identidad o a un adulto que haga parte del grupo familiar del afiliado o a través de una comunicación enviada directamente por la empresa, mediante la cual se autoriza al funcionario que los reclama.
Usted y su familia pueden hacer uso de nuestros servicios inmediatamente sean afiliados y cumplan con los requisitos.
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GENERALIDADES CARNÉ DE SERVICIOS TARJETA ÚNICA ·Se expide carné individual por trabajador, cónyuge, beneficiario o persona a cargo.
·No posee vencimiento, sí usted cambia de empleo y es afiliado por el nuevo empleador, no se efectúa cambio o reposición del carné de servicios, el entregado inicialmente es válido para cualquier empresa.
·La expedición de un nuevo carné tendrá costo, en caso de pérdida o deterioro.
·El cambio de carné se realizará por alteraciones causadas por COMFAMILIAR en la información: nombres, documento de identidad, etcétera.
·Programas y servicios COMFAMILIAR RISARALDA: Subsidio Familiar, Crédito Social, Salud, Salud Oral, Clínica COMFAMILIAR, Salud Ocupacional, Promoción y Prevención, Régimen Subsidiado de Salud, Gerontología, Capacitación, Desarrollo Empresarial, Instituto COMFAMILIAR, Recreación, Turismo Social, Deportes, Área Cultural, Parque Recreacional, Granja de Noé, Vivienda, Trabajo Social, Atención Integral a la Niñez, Centros Culturales y Bibliotecas, Jornadas Escolares Complementarias, Café Internet, Micro crédito, Fonede (Fondo Subsidio Desempleo).
·Cajas de Compensación que hacen parte del Convenio Única: COMFAMILIAR QUINDIO, COMFAMAR BUENAVENTURA, COMFAMILIAR BUGA, COMFANDI (Valle del Cauca), COMFACAUCA, CONFAMILIARES (Caldas),COMFAMILIAR CARTAGO, COMFAUNION, COMFAMILIAR TULÚA.
· Los servicios en las Cajas de Compensación que hacen parte del Convenio Única se prestan con tarifas de afiliado.
CUÁNDO SE ENVIA LA INFORMACIÓN. El Subsidio Familiar se liquida y paga al trabajador mes vencido y el cierre y la recepción de información o novedades del mes a liquidar vence los diez primeros días del mes siguiente, cuando se reciben posteriormente a la fecha indicada, se incluyen para el pago del próximo Subsidio Familiar.
La novedad de renovación de contrato le solicitamos reportarla anticipadamente, mínimo un mes antes de su vencimiento para que no le sea suspendido el pago del Subsidio Familiar y prestación de servicios.
Todo trabajador beneficiario tendrá obligación de avisar a COMFAMILIAR, directamente o por conducto del empleador, los nacimientos o muertes de personas a cargo, el término de la convivencia y cualquier otro hecho que determine modificaciones en la cuantía del subsidio, dentro del mes en que cualquiera de dichos eventos ocurra (Ley 21 de 1982, Artículo 37)
El envío de afiliaciones de empresas, trabajadores y personas a cargo, novedades por concepto de renovación de contratos, modificaciones de salarios, licencias no remuneradas, fallecimientos, nacimientos o inclusión de nuevas personas a cargo, entre otros, debe hacerlo oportunamente, durante cualquier día del mes, en los horarios establecidos por COMFAMILIAR RISARALDA.
Si sus hijos o hermanos del trabajador conforman su hogar, es decir hacen parte de otro núcleo familiar, no tienen derecho al pago de la cuota monetaria.
REQUISITOS PARA RECLAMAR EL SUBSIDIO FAMILIAR * Empresa
1. Relación de planillas del último Subsidio Familiar girado por COMFAMILIAR a los trabajadores beneficiarios de la empresa afiliada.
2. Nómina perteneciente al mes al cual corresponde el Subsidio Familiar a reclamar.
3. Credencial debidamente autorizada.
4. Relación de reintegro cuota monetaria, debidamente diligenciado. Este documento se solicita a las empresas a las cuales se les gira el Subsidio Familiar a través de pago global. Más adelante encontrará instrucciones para su presentación.
La Credencial es un formato previamente entregado por nuestra corporación y mediante el cual la empresa autoriza al funcionario que reclama el Subsidio familiar.
* Trabajadores retirados
1. Documento de identidad y copia del mismo.
2. Copia de la liquidación de prestaciones sociales.
* Trabajadores fallecidos
1. Documento de identidad de quien cobra el Subsidio Familiar y copia del mismo
2. Fotocopia de la partida de defunción
* Trabajadores con subsidio familiar retenido o embargado
1. Documento de identidad de quien cobra el Subsidio Familiar.
ACLARACIÓN SOBRE PAGO DE SUBSIDIO FAMILIAR DE TRABAJADORES RETIRADOS, CON VENCIMIENTO DE CONTRATO O FALLECIDOS El subsidio Familiar correspondiente a trabajadores retirados, se cancela directamente al trabajador o persona beneficiaria del mismo.
Cuando al trabajador que posee vencimiento de contrato se le suspende temporalmente el pago, dada la no renovación oportuna, el subsidio familiar pendiente, se le cancela conjuntamente con el del mes siguiente, en los casos en que la empresa informe su renovación.
El Subsidio Familiar correspondiente a trabajadores retirados por fallecimiento, se continúa pagando durante doce meses después de la fecha de su muerte a la persona que acredite la custodia de los menores que venían ocasionando el derecho al pago del Subsidio.
LUGAR Y FECHAS DONDE SE CANCELA EL SUBSIDIO FAMILIAR El Subsidio Familiar es entregado por COMFAMILIAR Risaralda, en la Carrera 5ª. 21-30.
El Subsidio Familiar de empresas es entregado a partir de la última semana de cada mes; el de trabajadores retirados y fallecidos es pagado en fechas previamente establecidas y el correspondiente a trabajadores con subsidio familiar retenido o embargado a partir del día 15 de cada mes.
El Subsidio familiar pagado mediante cheques y bonos posee una vigencia de dos meses, si no es reclamado oportunamente es anulado y su reclamación deberá realizarse mediante comunicación.
AFILIACIÓN DE PENSIONADOS Son aquellos afiliados que encontrándose dentro de la categoría de pensionados se afilian a COMFAMILIAR para disfrutar de los servicios.
REQUISITOS DE AFILIACIÓN DE EMPRESA Formulario de solicitud de afiliación de empresa de COMFAMILIAR RISARALDA, debidamente diligenciado (original y tres copias)* y firmado por el representante legal, con los siguientes anexos:
1. Fotocopia simple del formulario completo de Registro Único Tributario RUT.
2. Relación de trabajadores y salarios o copia de la nómina del período a partir del cual iniciará el pago de aportes.
3. Fotocopia de la autoliquidación del último mes de Aseguradora de Riesgos Profesionales A.R.P. de todos los empleados. Puede reemplazarse con la copia de la afiliación de la empresa o los trabajadores a la A.R.P. o Entidad Promotora de Salud EPS
4. Si estuvo afiliado a otra Caja de Compensación Familiar, anexar certificado de paz y salvo válido para cambio de Caja.
5. Si solicita los beneficios contemplados en la Ley 590 de 2000, Artículo 43, anexar fotocopia de la comunicación de la DIAN, aprobando beneficio.
Para afiliados pensionados bastará la presentación del formulario de afiliación de empresas debidamente diligenciado, adjuntando la fotocopia del documento de identidad y copia de la mesada, posteriormente presenta su afiliación como trabajador en el formulario establecido para tal fin.
*El formulario se distribuye: original: Comfamiliar Risaralda, Copia: SENA, ICBF y empresa.
QUIENES ESTAN OBLIGADOS A CANCELAR LOS APORTES CON DESTINO AL PAGO DE SUBSIDIO FAMILIAR Todos los empleadores ya sean del sector público o privado que ocupen uno o más trabajadores permanentes, deben afiliarse a la Caja para que las familias de sus colaboradores obtengan beneficios, entre otros, el Subsidio Familiar.
VALOR EL Aporte parafiscal es del 9% del valor total de la nómina, distribuidos 4% COMFAMILIAR con destino al pago de Subsidio familiar, el 3% INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR ICBF Y 2% SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA.
EFECTOS PARAFISCALES Los pagos hechos a COMFAMILIAR por concepto de aportes con destino al pago de Subsidio Familiar, SENA e ICBF son deducibles para los efectos del impuesto sobre la renta y complementarios.
Para que sea aceptada tal deducción, es necesario que el contribuyente pueda probar tal pago con el certificado de paz y salvo, en el que conste que el interesado pagó sus aportes correspondientes al año fiscal en el lugar donde se causaron los salarios.
FACTORES BASE DE LIQUIDACIÓN DE APORTES
·SECTOR PRIVADO Sueldo-sobresueldos, jornales, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, viáticos (manutención y alojamiento), bonificaciones habituales, comisiones, porcentajes sobre ventas, pagos por unidad de tiempo, tarea o destajo, vacaciones, salario en especie, trabajo a domicilio, contratos agrícolas, contratos y subcontratos (construcción), prima o incremento por antigüedad, prima de vacaciones, otras denominaciones que remuneren el servicio.
·SECTOR PÚBLICO Sueldos-sobresueldos, jornales, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, viáticos (manutención y alojamiento), bonificación por servicios prestados, pagos por unidad de tiempo, tarea o destajo, vacaciones, salario en especie, prima técnica, auxilio de alimentación, prima de servicios, gastos de representación, prima o incremento por antigüedad, prima de vacaciones o antigüedad, Subsidio de transporte (sólo Caja de Compensación Familiar), otras denominaciones.
PLAZO DE PAGO De conformidad con lo dispuesto por el Ministerio de la Protección Social en el Decreto 1464 de mayo 10 de 2005, unificó las fechas en las que se deben realizar los aportes con destino a la Caja de Compensación Familiar, al Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF, a Escuela Superior de Administración Pública ESAP y a Escuelas Industriales e Institutos Técnicos, con las fechas del pago de las demás obligaciones de nómina que realiza el empleador al Sistema de Seguridad Social Integral como son salud, pensiones y riesgos profesionales, conforme a lo señalado a los artículos 15, 16, 17, 18, 20 y 24 del Decreto 1406 de 1999.
Antes la Ley 21 de 1982, artículo 10, establecía el pago de parafiscales dentro de los primeros 10 días de cada mes siguiente a cada período laborado. Desde la primera semana de julio de 2005 el pago se de realiza mediante el número del NIT de la empresa.
Los aportantes estarán clasificados como grandes o pequeños, según el número de trabajadores vinculados por contrato de trabajo o por una relación legal.
Las empresas realizarán el pago de los aportes en las fechas señaladas a continuación:
GRANDES APORTANTES
(Empleadores con más de 20 trabajadores)
ÚLTIMO DIGITO DEL NIT O C.C. (No incluye dígito de verificación) | VENCIMIENTO |
1,2 Y 3 | 4º día hábil |
4,5 y 6 | 5º día hábil |
7,8,9 y 0 | 6º día hábil |
PLAZO ESPECIAL PARA GRANDES APORTANTES
Que tenga más de veinte (20) sucursales, o con sucursales en más de cinco (5) municipios, que presenten la liquidación de aportes en forma consolidada, esto, es que incluya la totalidad de las sucursales.
ÚLTIMO DIGITO DEL NIT O C.C. (No incluye dígito de verificación) | VENCIMIENTO |
1,2 Y 3 | 6º día hábil |
4,5 y 6 | 7º día hábil |
7,8,9 y 0 | 8º día hábil |
PEQUEÑOS APORTANTES
(Empleadores con menos de 20 trabajadores)
ÚLTIMO DIGITO DEL NIT O C.C. (No incluye dígito de verificación) | VENCIMIENTO |
1 y 2 | 4º día hábil |
3 y 4 | 5º día hábil |
5 y 6 | 6º día hábil |
7 y 8 | 7º día hábil |
9 y 0 | 8º día hábil |
APORTES A TRAVÉS DE LA PLANILLA INTEGRADA ELECTRÓNICA La unificación de fechas en el pago de los aportes a la Seguridad Social Integral y parafiscales es un requerimiento de ley que debe ser cumplido por todas las empresas, independientemente a que utilicen o no la planilla integrada electrónica para liquidación de aportes.
Este nuevo mecanismo es opcional para los aportantes y sólo es obligatorio para las entidades públicas del orden nacional.
Sólo se permitirán pagos completos, no hay pagos parciales. Sólo habrá un pago por período para todas las administradoras.
SITIOS DE RECAUDO DE APORTES Los siguiente sitios de recaudo, corresponden a las entidades bancarias donde usted puede pagar sus aportes:
COLPATRIA , cuenta nacional, cuenta de ahorros 9002-00300-3
BANCAFE Pereira, cuenta nacional , cuenta corriente 302-08688-9
BANCAFE La Virginia, cuenta corriente 241-02394-4
BANCAFE Santa Rosa, cuenta corriente 344-02181-1
BANCO DE OCCIDENTE, cuenta corriente 033-44552-9
BANITSMO, cuenta de ahorros 021-071063531
TESORERIA COMFAMILIAR, Avenida Circunvalar 3-01 segundo piso.
El Reintegro Subsidio Familiar puede realizarlo en la Tesorería general de nuestra entidad ubicada en la Avenida Circunvalar 3-01 o a nivel nacional en el Banco Colpatria cuenta 070-102862-7, utilizando el formato de recaudo empresarial, suministrado por la entidad bancaria e indicando que corresponde a reintegro Subsidio Familiar.
CONSIGNACIÓN NACIONAL Las empresas que realizan el pago de sus aportes a través de consignación nacional, es decir, en una entidad bancaria ubicada en un municipio diferente al Departamento de Risaralda o mediante el servicio de caja rápida, en las cuentas anteriormente indicadas, le solicitamos enviar notificación del pago inmediatamente realizada la transacción. Puede enviarlo a través del fax 3338606 o a nuestro correo electrónico aportes@comfamiliar.com de manera que podamos registrarlo oportunamente.
ENVIO DE LA INFORMACIÓN POR PARTE DE LAS EMPRESAS EN MORA EN EL PAGO DE SUS APORTES Aunque su empresa se encuentre en mora en el pago de sus aportes, deberá permanentemente actualizar la información de sus trabajadores y personas a cargo: Afiliaciones, retiros, prórrogas de contrato, actualización de salarios, certificados de escolaridad y supervivencia y cualquier novedad que afecte el derecho al pago del subsidio familiar.
La información de su empresa, trabajadores u otras inquietudes, relacionadas con el proceso de Subsidio Familiar, actualización de información, períodos en los cuales no causó nómina, salarios, prórroga de contratos, retiros y nóminas, puede enviarla a nuestro correo electrónico: aportes@comfamiliar.com o comfarda@comfamiliar.com
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE SU NÓMINA Los empleadores tienen obligación de enviar la respectiva nómina de salarios, cuando lo solicite COMFAMILIAR y deben permitirle la revisión de las mismas en la sede de la empresa o domicilio del empleador (Decreto 341 de 1988, Artículo 50)
A continuación indicamos las instrucciones para la presentación de su nómina o reporte de trabajadores por los cuales realiza el pago de aportes a nuestra institución, ya sea para la entrega mensual del Subsidio Familiar o para actualizar el salario de sus colaboradores.
La empresa con más de 20 trabajadores debe enviar la información de sus colaboradores en medio magnético, puede hacerlo a través de formato mediante el cual reporta a la Aseguradora de Riesgos Profesionales ARP, también en formato Excel o archivo plano, teniendo en cuenta lo siguiente:
CAMPO | POSICIONES | LONGITUD |
NIT (Incluye dígito de verificación) | 1-11 | 11 |
SUCURSAL | 12-14 | 3 |
CÉDULA DEL TRABAJADOR | 15-25 | 11 |
SALARIO BÁSICO* | 26-34 | 9 |
SUELDO** | 35-43 | 9 |
DIAS LABORADOS (Durante el mes) | 44-46 | 3 |
NOVEDAD DEL PERSONAL*** | 47-62 | 15 |
*Salario básico: Salario mensual del trabajador
**Sueldo: Incluye todos los ingresos base de cotización.
***Hace referencia a vacaciones, retiro, suspensión o licencia
o remunerada, licencia remunerada o de maternidad, incapacidad.
Si usted realiza el pago de sus aportes a través del proceso Pago Único Integrado definido por el Gobierno Nacional, puede enviarnos copia del archivo presentado a través de este medio.
Recordemos que la empresa que posee 20 trabajadores o menos, puede enviar un listado impreso o en medio magnético, como se indicó antes, reportando básicamente número de documento de identidad del trabajador, nombres y apellidos completos y salario básico mensual.
En caso de trabajadores con salario variable, por comisiones o porcentaje sobre venta o recaudo, deben informar el promedio de lo recibido en el año inmediatamente anterior.
INQUIETUDES, SOLICITUDES, SUGERENCIAS O RECLAMOS Toda inquietud o sugerencia, al igual que reclamos por no pago de subsidio se atenderán personalmente en nuestra sede ubicada en la carrera 5ª. 21-30 o a través de comunicación escrita dirigida a la Avenida Circunvalar 3-01 segundo piso. De poseer derecho le será cancelado conjuntamente con el subsidio familiar del mes siguiente.
Puede comunicarse a través de nuestro correo electrónico aportes@cofamiliar.com o a través del fax 3334538.
PBX: APORTES Y SUBSIDIO 3334538 ó SEDE COMFAMILIAR CENTRO 3352003.