Pereira, 28 de febrero de 2007

Señores:
AFILIADOS
Caja de Compensación Familiar de Risaralda
COMFAMILIAR RISARALDA
Ciudad

 

Señores Afiliados:

La actuación de cumplimiento que me fuera encomendada por la Asamblea General de Afiliados, en atención a parámetros legales y estatutarios y, en especial, a directrices establecidas para las Cajas de Compensación Familiar por la SUPERINTENDENCIA DEL SUBSIDIO FAMILIAR, comprometen a la Revisoría Fiscal de ésta Corporación en la consideración de los Estados Financieros, las notas explicativas de los mismos y el correspondiente Informe de Gestión para la vigencia contable de 2.006-2.005, los cuales se identifican para este propósito de la siguiente forma:

 

  1. Balance General Comparativo años 2.006 - 2.005
  2. Estado de Resultados Comparativo años 2.006 – 2.005
  3. Estado de Cambios en la Situación Financiera Comparativo años 2.006 – 2.005
  4. Estado de Cambios en el Capital de Trabajo Comparativo años 2.006 – 2.005
  5. Estado de Flujo de Efectivo Comparativo años 2.006 – 2.005
  6. Estado de Cambios en el Patrimonio de los Afiliados Comparativo años 2.006 – 2.005 y de propósito especial, los siguientes Estados Financieros preparados a valores corrientes (costos históricos):

Las normas relativas a la rendición de cuentas en nuestro país, exigen la comparabilidad de los Estados Financieros en relación con el año inmediatamente anterior, razón por la cual se presentan los saldos de cada una de las cuentas del período 2.006 confrontados con sus iguales en el período 2.005,  excepto, la no actualización de las cifras respecto de la inflación que mejorarían su comparabilidad.

La preparación, elaboración, presentación y publicación de éstos  informes, son responsabilidad de la Administración de la Corporación, ya que reflejan su gestión; por lo que se ha fijado de manera expresa en la Ley y en los reglamentos1, la forma y la calidad de los informes a rendir, conservando criterios técnicos de presentación que reflejen su integridad; tales criterios, se resumen en: revelaciones y aseveraciones; mediciones de valor en pesos colombianos; garantizando la fidedignidad de los datos a partir de la extracción de los mismos de los libros oficiales de la contabilidad y la identificación plena de las obligaciones.

Prueba de la atención de tal responsabilidad, se confirma con la atestación de cada uno de los referidos informes y la certificación que de los mismos emite el Representante Legal y la Contadora en Jefe del Departamento Contable, bajo propósitos normativos de carácter puntual2.

La responsabilidad de la Revisoría Fiscal es la de expresar una opinión sobre los estados financieros preparados por la Administración, en la que se garantiza la fidelidad de la información, la autenticidad de las cifras, la integridad de los contenidos informativos y la comparabilidad de las manifiestas expresiones que se realicen en los diversos informes que conforman el Informe de Gestión y Balance Social3.

Esta labor, adaptada para las Cajas de Compensación Familiar por la Superintendencia del Subsidio Familiar, incorpora elementos precisos que son objeto de expresión en el presente informe, así:

 

Adicional a los anteriores se prevé en forma especial, con destino a la Superintendencia Nacional de Salud, una expresión evaluativa que comprende la existencia de procedimientos administrativos tendientes a la salvaguarda de la figura jurídica en el tiempo, la capacidad de pago y la viabilidad financiera de cada uno de los programas que gestione en el área de la Salud, dada la limitación legal que le asiste a estas Corporaciones6.

Esta experiencia se obtiene a partir de la permanente interacción dentro de la actuación Administrativa, conociendo y conceptuando sus acciones en el momento mismo de la adopción; enmarcándolas dentro de los requisitos legales que establece el Régimen del Subsidio Familiar;  en la visita e inspección a los bienes y haberes de propiedad de la Institución; en la opinión previa y algunas veces consultada para la realización de actos o contratos que comprometen la responsabilidad Institucional; en la revisión programática de la impresión de libros de actas y de contabilidad; en la consulta de los elementos de prueba: registros y documentos soporte; en la asistencia regular a las sesiones de Consejo Directivo, de comités Administrativos y reuniones de área; en la verificación de cumplimiento de requisitos formales y de la práctica y descuento de las retenciones de orden legal; en la comunicación constante con los responsables de la actividad productiva, para el cabal registro de la operación contable; en el proceso de comprobación de la existencia y contratación de medidas de salvaguarda al interior de la Corporación con operadores especializados en el ramo de seguros y, en general, en la adopción de las decisiones Administrativas que orientan el futuro inmediato de esta Entidad.

Estos parámetros entre otros, sustentados adecuadamente en los denominados papeles de trabajo de la Revisoría Fiscal, son el punto de partida para la medición evaluativa de la Gestión Administrativa, Financiera y de Balance Social correspondiente al período 2.006 – 2.005.

La práctica misma para el desarrollo de esta labor, consultas técnicas y procedimientos de aplicación general que deben considerarse dentro de la programación de actividades de fiscalización y control con metodologías consistentes y de reconocido valor probatorio que cubren etapas de prospectación, realización, ejecución y registro, extendiéndose a los eventos posteriores y/o no conocidos previamente por el Revisor Fiscal, sobre los que se producen recomendaciones, observaciones de cumplimiento, llamados a la realización de ajustes o modificaciones.
 
En el tema del autocontrol administrativo es posible mencionar que la Administración se apoya en el conocimiento y la experiencia de su personal especializado en cada una de las áreas para definir y estructurar su propio sistema de control interno, sin embargo, la Auditoría Interna y la Revisoría Fiscal, según sea el caso, aportan sus mejores esfuerzos en el adecuado mantenimiento y recomendación permanente de los controles objeto de sus pruebas y verificaciones.

La diversidad de actividades que ofrece ésta Corporación, exige particular especialización de los programas de fiscalización y de control, debiendo para la gran mayoría de ellos, atender cumplimientos periódicos de información, que necesariamente deben ser avalados por la Revisoría Fiscal; entre ellos tenemos:

Obtuvimos las informaciones necesarias para cumplir las funciones de Revisoría Fiscal y llevamos a cabo el trabajo de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia. Estas normas requieren que planee y efectúe la auditoría para cerciorarnos que los estados financieros reflejan razonablemente la situación financiera y los resultados de las operaciones. Una auditoría de estados financieros implica, entre otras cosas, hacer un examen con base en pruebas selectivas de la evidencia que respalda las cifras y las revelaciones en los estados financieros, y evaluar los principios de contabilidad utilizados, las estimaciones contables hechas por la administración, y la presentación de los estados financieros en conjunto. Consideramos que estas auditorías proveen una base razonable para la opinión sobre los estados financieros que expresan en el párrafo siguiente:

En nuestra opinión, el Informe de Gestión y Balance Social que incluye los Estados Financieros comparativos, descritos en la parte inicial de este pronunciamiento, sus respectivas notas, salvo excepción mencionada de la comparabilidad de las cifras, tomados, estos últimos, a partir de los libros oficiales de la contabilidad de la Corporación Caja de Compensación Familiar de Risaralda COMFAMILIAR RISARALDA, presentan en forma razonable la situación financiera y los resultados operacionales del período 2.006 – 2.0057.

Esta concepción se hace extensiva a los funcionarios que atienden las responsabilidades administrativas delegadas por la Asamblea General de Afiliados: el Consejo Directivo, el Director Administrativo y su nivel de dependencia, para decir que:

  1. Se respeta y atiende el marco legal que rige el Régimen del Subsidio Familiar y/o del Sistema de Salud, en la adopción de decisiones administrativas.
  2. Se conoce y respeta la primacía de las disposiciones legales, reglamentarias y de pronunciamiento Administrativo de los Entes del Estado, a más del ordenamiento estatutario de la Corporación.
  3. Se mantienen regulares procedimientos decretados por la normatividad contable para el registro  y conservación de los documentos y papeles contables.
  4. Se evalúan criterios de funcionamiento y operatividad de los programas en forma individual como unidades estratégicas de negocio, con el fin de precisar su gestión particular. 
  5. Se atienden las disposiciones de carácter fiscal, laboral y de regulación civil, y en general,
  6. Se guarda especial cuidado del cumplimiento y acatamiento de las regulaciones que comprenden la diversidad de programas que desarrolla esta Corporación8.
Refiere igualmente esta opinión la pertinencia del mantenimiento adecuado de los libros oficiales de registro contable, de actas, de la correspondencia y de documentos soporte;  la oportunidad de sus registros y  su apropiado mantenimiento y conservación, para decir que se mantienen políticas responsables de registro y cuidado que atienden adecuadamente el cumplimiento legal.

Para el caso de la actualización, mantenimiento, y conservación de los activos, a más de las reposiciones permanentes, se mantienen programas de prevención, reparación y sostenimiento que garantizan su cuidado, permanencia y funcionalidad, además de mantener pólizas que aseguran en forma suficiente estos activos.  De igual manera, son adecuadas las medidas de conservación y custodia de bienes de terceros.

En cumplimiento de normas especiales, la Entidad actualiza el valor contable de sus activos aplicando procedimientos de carácter legal, como los denominados avalúos técnicos9 para efectos de reajustar a precios de mercado el valor de los bienes inmuebles.
 
Especial alusión en esta opinión refiere el programa de Salud dentro del Sistema General de Seguridad Social, y más concretamente, la Administración del Régimen Subsidiado de Salud, como uno de sus integrantes, el cual presentara al 31 de diciembre de 2.005 resultados de gestión adversos como consecuencia de los procesos de inclusión y de selección de afiliados  que incrementaron la atención por enfermedades de alto costo, por estas razones durante el mes de mayo de 2006, la Administración de la Corporación manifestó expresamente, la intención de Retiro Voluntario de éste régimen, a la Superintendencia de Salud, entidad que mediante resolución 001324 del 10 de julio de 2006,  admite el retiro voluntario del régimen subsidiado, y se da comienzo al proceso de liquidación de los contratos;  al 31 de diciembre de 2006 presenta un resultado negativo.

Así mismo, en cumplimiento de normas de carácter particular10, debemos conceptuar el pago de los aportes a la seguridad social integral, y la propiedad del software, donde la Caja de Compensación Familiar del Risaralda COMFAMILIAR RISARALDA, atiende de manera responsable el pago regular de los aportes al Sistema General de Seguridad Social por los empleados que permanecen en su nómina y, respeta las normas de propiedad intelectual y de derechos de autor utilizando programas  previamente licenciados o desarrollados en forma especial para alguna de sus áreas productivas  con el exclusivo derecho de utilización, conservando actualizadas y pagadas las respectivas licencias de uso. El informe de gestión, preparado por la Administración de la Corporación por requerimiento legal, sobre la evolución de la entidad, la situación jurídica, económica y administrativa, se presenta por separado y no forma parte de los estados contables.  He verificado la debida concordancia entre la información contable incluída en el informe de gestión de la Administración y la incluída en los estados financieros adjuntos.

La evaluación del sistema de control interno que compromete a la Administración de la Corporación en la funcionalidad integral del Ente, visto desde nuestra óptica, atiende encomiendas originadas en la ejecución de nuestros programas de fiscalización y, de manera especial, las observaciones y recomendaciones que ofrece la división de Auditoría Interna con que cuenta ésta Corporación.

Para concluir, refiere nuestra expresión evaluativa la actuación administrativa medida desde su propia gestión, para lo cual esta Revisoría Fiscal se apoya en el conocimiento que deriva su permanente actuación, reconociendo el compromiso, responsabilidad, profesionalismo, la calidad y la capacidad con que el grupo Administrativo mantiene vigente el liderazgo de esta institución en el entorno Regional.

 

Atentamente,

 

MARTHA LUCIA CIFUENTES LOPEZ
Revisor Fiscal (D)
T.P. 70847-T
SALDARRIAGA RESTREPO ASOCIADOS LTDA

Nota: Originales Firmados



1. Ley 222 de 1.995, artículos 34 a 37, 41 y 46 – artículo 39-4 de los Estatutos de la Corporación, Resolución 504 de 2001 SSF. y Resolución 271 de 2005 SSF.

2. Artículo 37 de la Ley 222 de 1.995

3. Artículo 38 de la Ley 222 de 1.995

4. Superintendencias del Subsidio Familiar, Nacional de Salud y, en lo pertinente, la Superintendencia Financiera.

5. Circular Externa Nro. 14 de 1.998 – S.S.F.

6. Circular conjunta 122 J.C.C.-SNS de 2.001 y Artículo 65 de la Ley 633 de 2.000

7. Articulo 37 del D.R. 341 de 1988

8. Ministerios de la Protección Social, de Desarrollo Económico; Superintendecias del Subsidio Familiar y Nacional de Salud; la DIAN entre otros.

9. Artículo 64 del D.R. 2649 de 1.993

10. Artículos 11 y 12 del D.R. 1406 de 1.999; Artículo 1ro de la Ley 603 de 2.000 y, el pronunciamiento Nro. 1 del Consejo Técnico de la Contaduría Pública