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Si eres colombiano y resides en el exterior, afíliate a Comfamiliar 

Te invitamos a ser parte de Comfamiliar Risaralda, afíliate y disfruta todos los servicios que brinda la caja de compensación para ti y para tus familiares beneficiarios residentes en Colombia.

Aportando el 2% del SMLV tendrás gran diversidad de beneficios, conócelos:

  • Convocatorias de la Agencia de Empleo 
  • Descuento en boletería de eventos Culturales
  • Acceso a nuestras Bibliotecas
  • Educación formal y cursos
  • Fundación Universitaria
  • Ingreso al Parque Consotá
  • Escuelas y talleres de Recreación y Deportes
  • Paquetes de la Agencia de Viajes
  • Programa de Atención a la Discapacidad
  • Programa Com-sentido (Apoyo a la primera infancia con condiciones especiales)
  • Atención en el programa Nace una sonrisa
  • IPS Odontológica (Consulta general)
  • IPS Hospitalaria (Atención clínica)
  • IPS Ambulatoria (Consultas Externas Especializadas)
  • Subsidio en especie
  • Crédito Comfamiliar
  • Convenios con otras Cajas de Compensación a nivel nacional
  • Convenios Comerciales

*Aplican Términos y Condiciones

Requisitos para la afiliación:

– Menú – Afiliados

– Afiliación Colombianos Residentes en el Exterior y diligenciar.

  • Fotocopia legible del documento de identidad del Colombiano residente en el exterior. Si la afiliación es por primera vez.
  • Certificado de fe de vida (supervivencia) del afiliado aportante expedido por la representación Consular en el exterior, de acuerdo con el Decreto número 1450 del 2012. Este certificado es gratuito y deberá ser presentado cada seis (6) meses por el aportante.
  • El pago de aportes se hará a través de la planilla integrada de liquidación de aportes PILA.

*Es un requisito realizar el pago antes de la afiliación.
*El ingreso base de cotización del aporte será la suma que en moneda legal nacional declare el colombiano residente en el exterior, sin que la misma pueda ser inferior a dos (2) salarios mínimos legales mensuales.

Tarifas:

  • El aporte será del dos por ciento (2%) sobre el ingreso base de cotización declarado.

Categoría: 

  • El colombiano residente en el exterior quedará afiliado en Categoría B.

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