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¿A qué personas puede afiliar un trabajador?

Cónyuge, hijos de 0 hasta los 22 años y 364 días, hermanos huérfanos de padre y madre, hijastros, padre o madre del trabajador mayores de 60 años,
siempre y cuando no reciban renta o pensión alguna, dependan económicamente del trabajador y que no estén afiliados a otra Caja de Compensación del
país.
Para mayor información y conocer la documentación requerida para afiliación de personas a cargo según parentesco con el trabajador puede ingresar

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