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¿Qué es el Subsidio Extraordinario por Muerte?

Éste se puede dar en dos eventos: cuando fallece la persona a cargo o el trabajador beneficiario.

• En caso de muerte de una persona a cargo por la cual el trabajador esté recibiendo Subsidio Familiar, se paga un subsidio extraordinario equivalente a doce (12) mensualidades de la cuota monetaria que viniera recibiendo por el fallecido.

• En caso de muerte de un trabajador beneficiario, Comfamiliar Risaralda continúa pagando durante doce (12) meses el monto del subsidio por las personas a cargo que estuvieran recibiendo el subsidio familiar.

Para el pago es necesario que se entreguen los siguientes documentos en la oficina de Aportes y Subsidio o enviarlos escaneados al correo aportes@comfamiliar.com:

– Certificado de Defunción del trabajador o persona a cargo fallecida.

– Fotocopia de cédula del trabajador.

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