Aplica para los trabajadores afiliados que tienen beneficiarios (padre, madre, hermanos huérfanos de padre y madre, hijos o hijastros), con capacidad física disminuida que les impida trabajar, en este caso tienen derecho a recibir doble cuota de Subsidio Familiar, sin importar su edad. Para acreditar la discapacidad de los beneficiarios se debe presentar adicional a los requisitos básicos de afiliación certificación expedida por Medicina Laboral o certificación del equipo multidisciplinario de la EPS en la cual se encuentra afiliado el beneficiario, también podrá realizar el proceso a través de la Secretaría de Salud de su Municipio, certificación en la cual se deberá describir claramente que la persona es DISCAPACITADA, el diagnóstico de la enfermedad y la dificultad que presenta (leve, moderada, grave, severa).
Se reconocen en esta categoría los beneficiarios de trabajadores afiliados por empresas con actividad económica clasificada por el DANE dentro del sector agropecuario un quince por ciento (15%) adicional, sobre la cuota de Subsidio monetario recibida por cada una de sus personas a cargo beneficiarias de subsidio. Esta actividad económica debe estar contemplada en la Cámara y Comercio y quedará registrada al momento de vincular la empresa a la Caja de Compensación. El valor del Subsidio Familiar por Discapacidad Agropecuario es de $95.720 por cada beneficiario que tenga derecho.