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Boletín

Recordatorio Asamblea General Ordinaria de Afiliados #072 de 2022

Pereira 13 de mayo de 2022

Señores afiliados                                                                       

El Consejo Directivo y el Director Administrativo Suplente de COMFAMILIAR RISARALDA, de acuerdo con el artículo 19 de los estatutos vigentes, citan a:

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA:

A las empresas afiliadas, el  miércoles 25 de mayo de 2022 a las 4:00 p.m. en el Teatro de Comfamiliar, ubicado en la segunda planta  del edificio sede  de la carrera quinta número 21-48 de la ciudad de Pereira, de acuerdo al instructivo publicado en la página web www.comfamiliar.com y a la publicación en el periódico local El Diario de la ciudad de Pereira.

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE AFILIADOS N° 072

FECHA ASAMBLEA:25  DE MAYO DE 2022

HORA: 4:00 p.m.

LUGAR:TEATRO COMFAMILIAR-Carrera 5ª número 21-48 de la ciudad de Pereira.

FORMA: Presencial

ORDEN DEL DÍA PROPUESTO:

  1. VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM
  • INFORME DE LA COMISIÓN ENCARGADA DE REVISAR Y APROBAR EL ACTA ANTERIOR N°071
  • INFORME DEL DIRECTOR ADMINISTRATIVO AÑO 2021
  • INFORME DEL PRESIDENTE DEL CONSEJO DIRECTIVO AÑO 2021 (Informe Comité de Auditoria)
  • INFORME DEL REVISOR FISCAL AÑO 2021
  • CONSIDERACIÓN Y APROBACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL AÑO 2021
  • ELECCIÓN DEL REVISOR FISCAL SUPLENTE Y SU PROPUESTA DE REMUNERACIÓN. (Cumplimiento Resolución número  625 del 12 de octubre de 2021 de la Superintendencia del Subsidio Familiar)
  • FIJACIÓN DE LA CUANTÍA DE LOS ACTOS Y CONTRATOS POR AÑO QUE PUEDE CELEBRAR EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO SIN AUTORIZACION DEL CONSEJO DIRECTIVO.
  • NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ENCARGADA DE REVISAR Y APROBAR EL ACTA  DE LA ASAMBLEA QUE SE LEVANTE DE LA REUNIÓN
  1. PROPOSICIONES Y VARIOS

NOTA NÚMERO 1:

Se recuerda a las empresas, o los empleadores afiliados a COMFAMILIAR RISARALDA, que para poder intervenir en la Asamblea General Ordinaria, deben estar a paz y salvo por todo concepto con la Corporación, aportes correspondientes al mes de marzo de 2022, de acuerdo con la fecha en la que corresponda, según lo establecido en el decreto 923 del 31 de Mayo de 2017 y pagaderos máximo hasta el  26 de abril de 2022.

NOTA NÚMERO 2:

Cada afiliado tendrá derecho en la Asamblea General Ordinaria a un (1) voto por el solo hecho de ser empleador afiliado a COMFAMILIAR RISARALDA y tendrá derecho a un (1) voto adicional por cada (30) treinta trabajadores beneficiarios de la cuota monetaria categoría A y B inscritos, con un límite superior de no más de 5 votos en total por cada empresa afiliada, siempre y cuando el número no sobrepase el diez por ciento (10%) del poder votante presente y representado, en cuyo caso a las credenciales que sobrepasen dicho límite se les deducirán los excedentes.  (Artículo 25 de los Estatutos).

NOTA NÚMERO 3:           

REPRESENTACIÓN: Todo afiliado a COMFAMILIAR RISARALDA, que desee conferir poder para asistir a la Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria de afiliados, deberá notificarlo mediante comunicación escrita por el empleador o representante legal principal o suplente debidamente autenticado en notaria, con una anterioridad no menor de cinco días (5 días) hábiles a la fecha y hora fijada para la respectiva convocatoria en esta oportunidad hasta el  18 de Mayo a las 4:00 p.m, fecha límite para entregar y recibir poderes. (Artículo 21 de los Estatutos)

Todo afiliado a COMFAMILIAR RISARALDA puede hacerse representar en las reuniones de la Asamblea General, mediante poder otorgado por escrito, en el que se indique:

  1. Nombre, apellido y la cédula del apoderado.
  2. La calidad en la cual lo confiere, que no podrá ser otra que la de Representante Legal de la  Empresa.
  3. La fecha de la reunión para la cual se confiere el poder, y la fecha de expedición del mismo.
  4. Nombre completo y la cédula de quien lo otorga, su firma y si se concede facultad de sustituirlo.
  5. La aceptación y la firma del apoderado

Cada poder deberá ser presentado por el otorgante en la Secretaría General de COMFAMILIAR RISARALDA ubicada en la sede administrativa Avenida Circunvalar 3-01 segundo piso, o estar autenticado ante autoridad competente, en los municipios donde la Corporación tenga oficinas, los poderes pueden ser presentados en estas con la debida autenticación. La autenticación de los poderes debe hacerse ante la autoridad competente y en el cuerpo del mismo deberá quedar claramente expresado fecha de realización de la Asamblea. Los poderes presentados ante Notario o Secretaria General no deberán tener una antigüedad anterior a la convocatoria realizada por la Corporación a través de los medios establecidos por la ley.

Los miembros del Consejo Directivo principales y suplentes, la Revisoría Fiscal, el Director Administrativo y demás funcionarios, se encuentran inhabilitados para llevar representación de afiliados hábiles diferentes a la propia.

Se tendrán por inválidos los siguientes poderes, (Art 23 parágrafo 2 de los Estatutos)

a. Los que presenten fraccionamiento numérico por empresa, resultantes de la ponderación del voto.

b. Los que presenten enmendaduras, tachones, borrones, alteraciones en cualquier parte del texto.

c. Los diligenciados en forma incompleta.

d. Los ilegibles parcial o totalmente.

e. Los que correspondan a empresas atrasadas en pago de aportes parafiscales.

f. Los otorgados por Empresas que realizaron el pago extemporáneo.

g. Los poderes duplicados.

h. Los otorgados por empresas suspendidas, no afiliadas, desafiliadas o expulsadas.

i. Los poderes mal elaborados.

j. Poderes repetidos.

k. Poder retomado por el representante Legal.

i. Poder revocado.

m. Empresa nueva sin pago de aporte.

n. Fecha de expedición del poder, anterior a la fecha de la convocatoria.

o. Poder con fecha de autenticación anterior a la fecha de convocatoria.

p. Poder sin fecha de autenticación.

q. Credencial no reclamada por el interesado.

r. Poder con impedimento establecido en el Decreto Ley 2463/1981 Art 10-11 “Los miembros de las Juntas o Consejos Directivos, los Revisores Fiscales de las Cajas y Asociaciones de Cajas y demás funcionarios, están inhabilitados para llevar la representación de afiliados en las Asambleas Generales”

s. Las empresas públicas o privadas afiliadas a Comfamiliar Risaralda, que por el PODER DOMINANTE que pudiesen ejercer en razón a sus actividades que le son propias por ORDENAMIENTO LEGAL y que en tal virtud aprovechando los procesos que tengan como OBLIGATORIOS de las personas naturales y jurídicas obligadas a ellos, induzcan a la consecución de poderes de representación para las Asambleas de Afiliados, se les invalidará los poderes de acuerdo con las pruebas legalmente sustentadas.

NOTA NÚMERO 4: La información que contiene el informe anual y Balance Social de 2021, corresponde a los registros contables de la Corporación, estos se encuentran a disposición de los miembros o afiliados, dentro de la página web www.comfamiliar.com.

NOTA NÚMERO 5: Las notas antes descritas, corresponden en su mayoría a observaciones extractadas de los Estatutos de Comfamiliar Risaralda. Las personas que deseen ampliar su información o adquirir un mayor conocimiento sobre su participación en la Asamblea General de Afiliados, pueden acceder a los Estatutos vigentes publicados en la página web www.comfamiliar.com

NOTA NÚMERO 6: En Atención a los estatutos de la Corporación, es función del Consejo Directivo (art 50.21 de los Estatutos) elaborar y/o estudiar los proyectos de reforma de estatutos que deba someterse a la consideración de la Asamblea General de Afiliados, cualquier propuesta en este sentido debe cumplir este trámite.

NOTA NÚMERO 7: La credencial que lo acredita para participar en la Asamblea General Ordinaria es intransferible y el ingreso al recinto en la cual se realizará la misma, solo podrá ingresar el que la porte, cotejado con la cédula de ciudadanía.

NOTA NÚMERO 8: En atención al Decreto 1072 de 2015 relacionado con la calidad de afiliado hábil para participar en la Asamblea General,  en el proceso de Aportes y Subsidio de Comfamiliar Risaralda se encuentra la información actualizada.

NOTA NÚMERO 9: INSCRIPCIÓN DE PROPUESTAS REVISORÍA FISCAL SUPLENTE:

Las propuestas para la elección del Revisor Fiscal Suplente, deben enviarse al correo electrónico comfarda@comfamiliar.com hasta las 4:00 p.m. del día viernes 20 de mayo de 2022  y deberán contener cada una en documento pdf la siguiente información:

Requisitos generales aspirantes al cargo (Circular 004 marzo 10 de 1998 SuperSubsidio),

-Hoja de vida de la persona jurídica, si se trata de aspirantes constituidos como tal.

-Certificado de Cámara de Comercio.

-Hoja de vida del aspirante si es persona natural o de quien sea designado por la persona jurídica.

-Fotocopia de la cédula y tarjeta profesional.

-Antecedentes disciplinarios actualizados.

-Manifestación personal, tanto de la firma como de quien prestará el servicio bajo su responsabilidad o de quien aspira, de no encontrarse incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad de que trata el decreto Ley 2463 de 1981.  

-Aceptación del cargo en caso de ser electo.

-Solicitud de autorización para ejercer el cargo, dirigida al Superintendente del Subsidio Familiar.

-Propuesta clara y precisa acerca de:

El valor de los honorarios que aspira devengar durante la totalidad del periodo.

Recurso humano y técnico que utilizará en su labor, el cual deberá ser acorde con las necesidades de la Corporación.

Experiencia relacionada con el cargo.

Manifestación expresa de haberse informado sobre la estructura y funcionamiento de la Caja.

Ficha conocimiento del cliente persona jurídica o natural (SARLAFT) sistema contra el lavado de activos y financiación del terrorismo. Este documento puede ser descargado de la página web www.comfamiliar.com. Link Ley de Transparencia, numeral 6. Planeación, 6.1 Políticas, Lineamientos y Manuales.

Formato de compromiso anticorrupción. Este documento puede ser descargado de la página web www.comfamiliar.com. Link Ley de Transparencia, numeral 6. Planeación, 6.1 Políticas, Lineamientos y Manuales.

Certificado de No reportado en el Boletín de Responsables Fiscales expedido por la Contraloría General de la República

Certificado de antecedentes disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación.

La prohibición a que hace relación el decreto Ley 2463 de 1981 en cuanto a no tener el carácter o ejercer la representación legal de un afiliado a la respectiva entidad se debe entender como no estar afiliada a COMFAMILIAR RISARALDA.

En caso que por cualquier circunstancia el Revisor Fiscal Suplente elegido deba asumir la Revisoría Fiscal Principal, lo hará en los términos económicos de la propuesta que presente a la Asamblea General, siempre y cuando esta no sea superior a la propuesta ganadora de la Revisaría Fiscal Principal ya elegida.

RICHARD RESTREPO PIEDRAHITA                                                             JOSE EDISON ECHEVERRI QUINTERO

Presidente Consejo Directivo                                                                       Director Administrativo Suplente

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